Cómo alquilar tu propiedad: contrato, garantía y depósito

Respuesta corta

Para alquilar tu propiedad necesitás un precio acorde a la zona, un aviso con fotos y ubicación, un inquilino con respaldo de pago —garantía o fiador— y un contrato escrito que fije plazo, monto, ajustes, depósito y quién paga cada servicio. Documentá el estado del inmueble al entrar y al salir: ahí se originan casi todos los conflictos.

Poné el precio mirando la zona

El alquiler se compara igual que la venta: mismo barrio, tipo, metros y estado. En Montevideo la diferencia entre barrios vecinos puede ser de decenas de por ciento, así que compará fino.

Un mes vacío cuesta más que una diferencia de precio pequeña: si en dos o tres semanas no hay consultas serias, el precio está por encima del mercado.

Elegir inquilino

  • Pedí identificación y comprobante de ingresos.
  • Pedí referencias del alquiler anterior si las hay.
  • Definí antes qué garantía aceptás: fiador, garantía inmobiliaria o depósito ampliado.

El contrato: lo que no puede faltar

  • Plazo y fecha de inicio.
  • Monto, día de pago y forma de pago.
  • Cómo y cuándo se ajusta el monto.
  • Depósito: cuánto, qué cubre y cómo se devuelve.
  • Quién paga cada servicio y las expensas si las hay.
  • Qué reparaciones corresponden a cada parte.
  • Qué pasa si alguna parte termina el contrato antes.

Inventario y estado

Antes de entregar las llaves, tomá fotos de cada ambiente y dejá por escrito qué muebles y artefactos quedan y en qué estado. Repetí lo mismo al finalizar. Sin ese registro, la discusión por el depósito es palabra contra palabra.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto depósito se puede pedir?+

Se pacta entre las partes; lo habitual es el equivalente a uno o dos meses, más alto cuando la propiedad se entrega amoblada.

¿El contrato tiene que hacerse ante escribano?+

No es obligatorio para alquilar, pero un contrato escrito y firmado por ambas partes es imprescindible. Para plazos largos o montos altos, la certificación de firmas da respaldo.

¿Puedo alquilar sin inmobiliaria?+

Sí. Publicás el aviso, mostrás la propiedad y firmás el contrato directamente. Lo que no conviene saltear es la garantía y el inventario.

Actualizado: 2026-09-23. Esta guía es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un escribano o profesional; los montos y requisitos pueden variar según el caso.

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